15. No valdrá un testigo contra ninguno en cualquier delito, o en cualquier pecado, en cualquier pecado que se cometiere. En el dicho de dos testigos, o en el dicho de tres testigos consistirá el negocio.
16. Cuando se levantare testigo falso contra alguno, para testificar contra él rebelión,
17. entonces los dos hombres litigantes se presentarán delante del SEÑOR, delante de los sacerdotes y jueces que fueren en aquellos días;
18. y los jueces inquirirán bien, y si pareciere ser aquél testigo falso, que testificó falsamente contra su hermano,