25. entonces lo venderás, y atarás el dinero en tu mano, y vendrás al lugar que el SEÑOR tu Dios escogiere;
26. y darás el dinero por todo lo que deseare tu alma, por vacas, o por ovejas, o por vino, o por sidra, o por cualquier cosa que tu alma te demandare; y comerás allí delante del SEÑOR tu Dios, y te alegrarás tú y tu casa.
27. Y no desampararás al levita que habitare en tus poblaciones; porque no tiene parte ni heredad contigo.
28. Al cabo de cada tres años sacarás todo el diezmo de tus productos de aquel año, y lo guardarás por dentro de tus puertas.
29. Y vendrá el levita, que no tiene parte ni heredad contigo, y el extranjero, y el huérfano, y la viuda, que hubiere en tus poblaciones, y comerán y serán saciados; para que el SEÑOR tu Dios te bendiga en toda obra de tus manos que hicieres.