6. Y al séptimo día el sacerdote lo examinará de nuevo; y he aquí, si la llaga parece haberse oscurecido, y no se ha extendido en la piel, entonces el sacerdote lo declarará limpio; era postilla; y lavará sus vestiduras y será limpio.
7. Mas si hubiere ido creciendo la postilla en la piel, después que fue mostrado al sacerdote para ser limpio, será visto otra vez por el sacerdote.
8. Y si reconociéndolo el sacerdote, ve que la postilla ha crecido en la piel, el sacerdote lo declarará inmundo: es lepra.
9. Cuando hubiere llaga de lepra en el hombre, será traído al sacerdote,
10. y el sacerdote lo mirará; y si pareciere tumor blanco en la piel, el cual haya mudado el color del pelo, y se descubre asimismo la carne viva,
11. es lepra envejecida en la piel de su carne; y le declarará inmundo el sacerdote, y no le encerrará, porque es inmundo.