28. Pero si la mancha ha permanecido en su lugar y no se ha extendido en la piel, sino que está oscura, es hinchazón de la quemadura. El sacerdote lo declarará limpio, porque es señal de la quemadura.
29. Y al hombre o a la mujer que le salga llaga en la cabeza o en el mentón,
30. el sacerdote mirará la llaga. Y si parece estar más profunda que la piel y el pelo en ella es amarillento y delgado, entonces el sacerdote lo declarará impuro; es tiña, es lepra de la cabeza o del mentón.
31. Mas cuando el sacerdote haya mirado la llaga de la tiña y ésta no parezca estar más profunda que la piel ni haya en ella pelo negro, el sacerdote encerrará al llagado de la tiña durante siete días.
32. Y al séptimo día el sacerdote mirará la llaga, y si la tiña no parece haberse extendido, ni hay en ella pelo amarillento ni parece la tiña más profunda que la piel,