Números 35:7-22-23 Nueva Biblia al Día (NBD)

10. «Dile al pueblo que cuando entre en la tierra,

11. se designarán ciudades de refugio a fin de que se ponga a salvo en ellas cualquiera que haya dado muerte a otro en forma accidental.

12. Estas ciudades serán lugares de protección donde el homicida accidental pueda protegerse del que quiera vengar al muerto. El homicida no podrá ser ejecutado sino hasta que se le haya seguido un juicio justo y se haya establecido su culpa.

15. Estas no sólo servirán de protección a los israelitas sino también a los extranjeros y a los viajeros.

16. »Pero si alguien es golpeado y muerto con un instrumento de hierro, debe presumirse que hubo asesinato, y el homicida deberá ser ejecutado.

17. Si el hombre murió porque lo golpearon con una piedra grande, se trata de un asesinato, y el asesino debe morir.

18. Lo mismo es válido si alguien es muerto con un arma de madera.

19. El vengador de la sangre personalmente dará muerte al asesino cuando lo encuentre.

20. Si alguno da muerte a otro por odio arrojándole algo, poniéndole emboscada o

21. golpeándole con el puño hasta darle muerte; es un asesino. El asesino será ejecutado por el vengador de la sangre cuando lo hallare.

Números 35