11. entonces se trata de un caso de lepra. El sacerdote debe declarar impura a esa persona, pero no tendrá que aislarla para tenerla en observación, porque se ha comprobado definitivamente que se trata de lepra.
12. »Pero si el sacerdote ve que la mancha ha brotado y se ha esparcido por todo su cuerpo, de pies a cabeza,
13. declarará a esa persona sin lepra, porque la mancha se ha vuelto completamente blanca, y no es lepra.
14-15. Pero si aparece carne viva en algún lugar, la persona será declarada leprosa. Lo comprueba la carne viva.
16-17. Pero si la carne viva se vuelve blanca, la persona enferma acudirá al sacerdote para ser examinada nuevamente. Si el lugar en realidad se ha vuelto completamente blanco, el sacerdote la declarará sin lepra.
18. »En el caso de que una persona haya tenido un absceso en la piel,
19. y que éste al sanar haya dejado una hinchazón o una mancha blanca o rojiza, deberá acudir al sacerdote para ser examinada.
20. Si el sacerdote ve que la parte afectada está un poco más hundida que el resto de la piel y que el vello del lugar se ha vuelto blanco, la declarará impura, porque ha brotado lepra.
21. Pero si el sacerdote no encuentra vellos blancos en el punto afectado, y éste no parece estar más hundido que el resto de la piel, y si el color es gris, aislará a la persona durante siete días.
22. Si durante ese lapso la mancha se extiende, el sacerdote la declarará leprosa.