34. el dueño del pozo hará restitución; dará dinero a su dueño, y el animal muerto será suyo.
35. Y si el buey de alguno hiere al buey de otro y le causa la muerte, entonces venderán el buey vivo y se dividirán el dinero, y se dividirán también el buey muerto.
36. Pero si sabía que el buey tenía desde antes el hábito de acornear y su dueño no lo había encerrado, ciertamente pagará buey por buey, y el buey muerto será suyo.