24. Esto en cuanto a los levitas de veinticinco años arriba, entrarán a militar milicia en el servicio del tabernáculo del testimonio.
25. Mas desde los cincuenta años volverán de su ministerio en el ejército, y nunca más servirán;
26. pero servirán con sus hermanos en el tabernáculo del testimonio, para hacer la guardia. Así harás de los levitas en cuanto a su guarda.