50. Y el sacerdote mirará la plaga, y encerrará la cosa plagada por siete días.
51. Y al séptimo día mirará la plaga; y si hubiere cundido la plaga en el vestido, o estambre, o en la trama, o en piel, o en cualquier obra que se hace de pieles, lepra roedora es la plaga; inmunda será.
52. Será quemado el vestido, o estambre o trama, de lana o de lino, o cualquier obra de pieles en que hubiere tal plaga; porque lepra roedora es; al fuego será quemada.
53. Y si el sacerdote mirare, y no pareciere que la plaga se haya extendido en el vestido, o estambre, o en la trama, o en cualquier obra de pieles;
54. entonces el sacerdote mandará que laven donde está la plaga, y lo encerrará otra vez por siete días.
55. Y el sacerdote mirará después que la plaga fuere lavada; y si pareciere que la plaga no ha mudado su aspecto, bien que no haya cundido la plaga, inmunda es; la quemarás al fuego; corrosión es penetrante, esté lo raído en la faz o en el revés de aquella cosa.